16-04-2013
10:52

La caducidad de los yogures

La fecha de duración minima o fecha de caducidad de un producto es la indicación del estado de frescura y/o de la vida útil de un alimento; En el etiquetado de todos los productos alimenticios figurará la fecha de duración mínima. Debe llevar anexa en la etiqueta las condiciones de conservación y almacenamiento.

Puede aparecer en distintos formatos:

  • "Consumir preferentemente antes del...":
    * Seguido del día o mes si la duración es menos de 3 meses.

    * Seguido del mes y año si la duración es mayor de 3 meses y menor de 18 meses.

    * Seguido del año para duraciones mayores a 18 meses.
  • "Consumir preferentemente antes de finales de...": Para el resto de los casos.
  • "Fecha de caducidad": se usa en alimentos perecederos indicando el día, mes y ocasionalmente el año además de las condiciones de conservación y utilización.

Estas definiciones están en boca de todos debido a la polémica que se ha generado respecto a este tema;

La normativa actual establece la fecha de caducidad para los yogures en 28 días después de su elaboración; sin embargo, muchos tomamos estos productos lácteos pasada su fecha, sin sentir ninguna molestia tras su consumo... ¿Siguen en perfecto estado? Esta es la pregunta que nos ronda por la cabeza a los consumidores asiduos de este tipo de productos y es por ello que se plantean nuevos cambios legislativos en este marco de actuación.

Esta nueva normativa, que se está planteando, hará modificaciones no sólo en la fecha de caducidad sino también en los envases, intentando mejorar aquellos que puedan ser beneficiosos a la hora de alargar la vida de los alimentos.

A partir de ahora serán las empresas quienes decidan la fecha de consumo preferente de sus productos, fecha que sólo indica el momento en el que el alimento pierde propiedades organolépticas, pero sigue siendo perfectamente válido para el consumo. Lo que cambia el término "fecha de caducidad" por la de "consumo preferente".Cada fecha dependerá de las características de cada producto según sus condiciones de envasado y conservación así como de sus características nutricionales.

El ministerio de agricultura y alimentación, prevé en esto una estrategia para frenar el desperdicio alimentario (que alcanzan los 165kg que tiramos los españoles de comida válida por persona al año), se están investigando los sectores de industria y restauración, así como los propios hogares dónde hasta ahora se desperdicia, para tratar de ponerle freno. Esto se enmarca en la iniciativa 'Más alimento, menos desperdicio'.

En el día a día, se observa un gran desperdicio de alimentos, muchas veces debido a criterios de marketing a pesar de ser perfectamente válidos y otras veces a que su envase se encuentra deteriorado, y por lo tanto, no apto para su consumo. Este control de desperdicio alimentario también se esta estudiando modificar.

Las empresas sin embargo no están del todo conformes con esta medida y piden conservar la fecha de caducidad de sus productos, pero proponiendo ampliarla (en el caso de los yogures) de 28 a 35días. Normalmente, solo la comida perecedera -pescado, carne, pastelería- está señalada con una fecha de caducidad.

Otros, como los embutidos, los quesos o las legumbres no caducan, aunque con el paso del tiempo pierden propiedades organolépticas; la concentración de azúcares y la baja actividad de agua que contienen los hace menos sensibles.Actualmente sólo podremos observar el cambio de fecha en los yogures, aunque con el tiempo se irá viendo en otros productos puesto que necesitarán más tiempo llevar a cabo las pruebas correspondientes para fijar la duración de sus productos".

Maria(mdaroca@ctic-larioja.es)Gravatar: MariaEnlace permanenteBlogTags: fecha de caducidad, yogur, consumo preferente, mundosabor, mundo saborVisualizaciones: 13790
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